Estatutos y Reglamento Electoral

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE LA PRENSA DE MÁLAGA

Capítulo I De la Asociación
Artículo 1º. Definición. La Asociación Provincial de la Prensa de Málaga, creada en enero de 1905, es una asociación profesional de periodistas, con personalidad jurídica propia, constituida con carácter indefinido, regida por los principios de democracia, pluralismo, transparencia y participación, y cuyos objetivos básicos son la defensa de las libertades de información y expresión, la promoción del buen ejercicio profesional del periodismo, de la reputación de los periodistas y la preocupación por el bienestar de los/as asociados/as y del colectivo laboral profesional en general.

Reglamento de Honores y Distinciones

Los Estatutos de la Asociación de la Prensa de Málaga (APM) contemplan, entre sus fines esenciales, la puesta en marcha de iniciativas y conductas que contribuyan a la libertad de información y expresión y establecen que la Asociación podrá llevar a cabo cuantas funciones redunden en beneficio de los intereses de los periodistas. Por lo tanto, debe contar con distinciones propias para reconocer a las personas -físicas o jurídicas- que se hayan entregado, colaborado o destacado en la consecución de los fines de esta Asociación en favor del periodismo y de su ejercicio profesional.

Código Deontológico

En el marco de las libertades civiles consagradas en la Constitución, que constituyen la
referencia necesaria para una sociedad plenamente democrática, el ejercicio profesional del Periodismo representa un importante compromiso social, para que se haga realidad para todos los ciudadanos el libre y eficaz desarrollo de los derechos fundamentales sobre la libre información y expresión de las ideas.