La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo, acordó en su reunión del 12 de diciembre rechazar cuatro solicitudes de apertura de expediente deontológico presentadas por Guadalupe Juliá Navarro en sendos escritos de 17, 21, 25 y 31 de julio, de muy similar factura, contra varios medios y periodistas, por los sucesos ocurridos en la localidad de Torre Pacheco entre el 11 y el 18 de julio al considerar que se apoyan en comentarios difundidos en redes sociales y en opiniones de personas que no aportan pruebas que permitan sustentar con fundamento los incumplimientos del Código que denuncia.

La demandante dibuja un relato parcial e infundado de los sucesos de Torre Pacheco (realidades alternativas) que no se corresponden con los hechos trasmitidos a través de todos los medios de comunicación que estuvieron presentes en la localidad cubriendo ampliamente lo que acontecía y, por tanto, con cercanía a los hechos, ni se corresponde a lo conocido por las actuaciones de las fuerzas de seguridad y la fiscalía.

Por lo tanto, la Comisión considera que las reclamaciones no aportan elementos objetivos que acrediten que las informaciones emitidas por los profesionales señalados sean falsas a sabiendas, ni que se hayan manipulado datos o imágenes vulnerando los principios básicos del Código Deontológico (RESOLUCIÓN 2025/238a,b,c,d).

La Comisión se ha pronunciado en otros seis supuestos que detallamos a continuación:

Faro de Vigo

Tras haber analizado la reclamación interpuesta por la asociación ALAS A Coruña Asociación LGTBI+, en su última reunión celebrada el pasado 12 de diciembre terminó concluyendo que, ni el diario Faro de Vigo ni su periodista Carlos Ponce han incumplido las normas deontológicas por las que se rige Periodismo (RESOLUCIÓN 2025/236b).

La publicación del artículo “Los “trastornos de identidad sexual” crecen más de un 1.400% en Vigo” firmado por dicho periodista en el diario gallego, ha generado ciertas controversias en la asociación mencionada, la cual solicitó una apertura de expediente deontológico tanto al medio como al periodista por haber considerado que se podrían haber vulnerado algunos de los principios del Código Deontológico, afirmando que las informaciones presentan una visión capciosa de la comunidad LGTBI+, en particular de las personas trans.

Una vez estudiada al detalle la queja, la Comisión acuerda que el diario Faro de Vigo y su periodista Carlos Ponce han cumplido con la normativa deontológica.

La voz de Galicia

Nueva resolución, en este caso favorable al artículo de la periodista Lucía Blanco, publicado en La Voz de Galicia el pasado 24 de junio titulado “Niñas que no quieren ser mujeres: los trastornos de identidad sexual crecen en Lugo”, afirmando que dicho artículo no vulnera el Código Deontológico de la FAPE ya que recoge, básicamente, la información publicada por el Observatorio Feminista Gallego, las observaciones de la presidenta de dicho Observatorio, y no estigmatiza a las personas trans ni hace un uso peyorativo de ese dato.

Tras la presentación de la queja por parte de ALAS A Coruña Asociación LGTBI+ por considerar que esta publicación presenta “una visión capciosa de la comunidad LGTBI+, en particular de las personas trans”, y tras haber recibido alegaciones por parte del medio, el órgano deontológico ha analizado el caso en su última reunión concluyendo que “el artículo de la periodista Lucía Blanco publicado en el diario La Voz de Galicia, no ha incumplido el Código Deontológico de FAPE” (RESOLUCIÓN 2025/236a).

Animal´s Health, GCiencia y National Geographic

Dichos medios no han vulnerado el Código Deontológico en cuanto al respeto a la verdad, ni al deber de fundamentar sus informaciones, ni han difundido material informativo falso, engañosa o deformado en sus ediciones del 30 de abril (Animal´s Heath), 9 de agosto (National Geographic) y 30 de julio (GCiencia) en reportajes publicados sobre la expansión de la cotorra argentina.

La Plataforma Protección Cotorras formuló quejas en escritos de 20 de mayo, 20 de agosto (dos) contra los tres medios, con muy similar razonamiento al considerar que todos ellos difundieron informaciones falsas, engañosas y deformadas.

Una vez expuestas las alegaciones correspondientes por parte de dos de los tres medios (Animal´s Health y GCiencia), la Comisión concluye que ninguno de estos tres medios ha infringido el punto 2 del Código profesional, en el que se establece que el primer compromiso ético del periodista es el respeto a la verdad, ni tampoco ha infringido el deber de fundamentar las informaciones difundidas, ni tampoco, por tanto, viene obligado a corregir su publicación en los aspectos objeto de denuncia (RESOLUCIÓN 2025/235a, RESOLUCIÓN 2025/235b, RESOLUCIÓN 2025/235c).

Diario Información

La demanda en concreto se hace acerca de la destrucción de unos posibles restos arqueológicos en una finca tras el derribo de una casa de planta baja tradicional para la construcción de un edificio de viviendas, apuntando directamente a una publicación difundida en el diario Información y firmada por el periodista David Pamies.

Tras analizar toda la documentación aportada, la Comisión considera que “El diario “Información de Alicante (Torrevieja)” y su periodista en la información publicada el 1 de octubre de 2024 sobre la presunta destrucción de posibles restos arqueológicos de la ciudad de Torrevieja, autorizada por la Generalitat Valenciana, no vulnera el Código Deontológico” (RESOLUCIÓN 2025/226).

Esta resolución rectifica la anterior del 21 de febrero, suspendida en su día al disponer de las alegaciones presentadas por el autor del artículo, que llevan a concluir que la información no falta a verdad, supone la conclusión de una serie de artículos publicados entre el 7 de mayo y 19 de julio, se refiere a fuentes fiables vinculadas a los hechos y la empresa afectada no proporcionó información que le fue solicitada como contraste, ni recurrió a la vía judicial para obtener una rectificación.

Diario de Burgos

El comité analizó el pasado 12 de diciembre una reclamación recibida por parte de la Asociación Cultural Carlo Simi en la que se solicitaba la apertura de expediente tanto al Diario de Burgos como a su periodista Patricia Corral por unas informaciones publicadas que, según considera el denunciante, contiene afirmaciones falsas que dañan gravemente su reputación y la propia imagen de la Asociación Carlo Simi.

La Comisión termina dictaminando que el Diario de Burgos y su periodista Patricia Corral vulneraron el Código Deontológico en la información publicada el 10 de julio pasado titulada “A tiros por Sad Hill”. Además, el órgano deontológico considera que el artículo no contrastó las fuentes ni dio oportunidad a los afectados para ofrecer su versión de los hechos (Código III.1. a). Tampoco atendió el deber del derecho de réplica (Código III.1.c) (RESOLUCIÓN 2025/239).

La Gaceta de Salamanca

Tras la reunión del pasado 12 de diciembre, presenta una nueva resolución en relación a una reclamación recibida por parte de la empresa “Los Mariángeles Pasteles” en la que se solicita una apertura de expediente al medio digital por la publicación del reportaje titulado “Mc Carthy, MVP también en pastelería” en el que “se atribuye erróneamente la autoría de un modelo de negocio a dos personas que habían tenido acceso en el pasado a información sobre la empresa de la denunciante”.

La Comisión considera que el artículo publicado firmado por Pablo Torres en la edición digital de “La Gaceta de Salamanca” del 4 de septiembre pasado, vulnera el Código Deontológico en su principio fundamental de “respeto a la verdad”, así como en el deber de “contrastar las fuentes y aceptar el derecho de réplica” (RESOLUCIÓN 2025/240)

Beatriz Lozano, periodista de ABC

La Comisión considera que el artículo publicado por la periodista Beatriz Lozano Echevarría en el diario ABC el pasado 6 de octubre titulado “Los fallos en la detección de superdotados: de niña me dijeron que tenía un CI de más de 140. Hoy el test dice otra cosa” no ha vulnerado el Código Deontológico del periodismo. Esto quiere decir que lo reflejado en la publicación no permite concluir que lo expuesto sea falso ni dañe la imagen pública de las personas reseñadas en el texto.

La demandante interpuso una reclamación y solicitó la apertura de expediente por el artículo en cuestión al “haber podido incumplir la periodista algunos preceptos del Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España en su perjuicio”; sin embargo, la Comisión concluye que Beatriz Lozano “no ha infringido los artículos 2 y 4b de los Principios Generales y los artículos 1 y 5 de los Principios de Actuación del Código Deontológico” (RESOLUCIÓN 2025/241).

 

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo se constituye como órgano ético de la profesión desde la autorregulación independiente y responsable, y vela por el cumplimiento del Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).

El Patronato de la Fundación de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo está integrado por la FAPE (Federación de Asociaciones de Periodistas de España), la APM (Asociación de la Prensa de Madrid), la APIE (Asociación de Periodistas de Información Económica), el Colegio Oficial de Periodistas de la Región de Murcia, el Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León, la Asociación de Periodistas de Cantabria, CLABE (Club Abierto de Editores) y ARI (Asociación de Revistas).