Los tribunales estadounidenses no reconocen los derechos de autor a la IA
La disputa legal tiene su origen en la obra titulada A Recent Entrance to Paradise, creada por DABUS (Device for the Autonomous Bootstrapping of Unified Sentience), un sistema de IA desarrollado por el científico Stephen Thaler
11 abril, 2025

Un tribunal de apelaciones en Washington D.C. reafirmó esta semana que las obras generadas exclusivamente por una IA no pueden ser protegidas por derechos de autor en Estados Unidos. Esta decisión surge en medio de un auge en el uso de tecnologías de inteligencia artificial para producir obras artísticas, literarias y creativas, y plantea interrogantes sobre cómo la ley debe responder a estos avances, según ha informado el Periódico.
La disputa legal tiene su origen en la obra titulada A Recent Entrance to Paradise, creada por DABUS (Device for the Autonomous Bootstrapping of Unified Sentience), un sistema de IA desarrollado por el científico Stephen Thaler. Según Thaler, esta obra fue completamente generada de manera autónoma por su sistema, sin intervención humana directa.
Según explica el Periódico, en 2022, Thaler presentó una solicitud ante la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos para registrar la obra a nombre de DABUS, en el que argumentó que si una máquina es capaz de crear algo original, también debería poder ser elegible para la protección de derechos de autor.
Sin embargo, la Oficina de Derechos de Autor rechazó la solicitud, argumentando que los principios legales vigentes requieren que el autor sea un ser humano. De acuerdo con la ley de derechos de autor en Estados Unidos, el concepto de «autoría» implica la existencia de una mente humana detrás de la creación. Thaler llevó el caso a los tribunales, pero tanto un juez federal en 2023 como ahora la Corte de Apelaciones para el Distrito de Columbia han fallado en contra de su argumento.
Según informa el diario, la jueza Patricia Millett, expresó de manera contundente que la legislación actual sobre derechos de autor no se puede interpretar razonablemente como extendiéndose a obras generadas de manera independiente por máquinas. Asimismo, añadió que la Ley de Derechos de Autor de 1976 está estructurada bajo el entendimiento de que el autor es un humano y que la protección se basa en la creatividad y originalidad humana.
De esta manera, la Oficina de Derechos de Autor ya ha establecido que las obras creadas con la ayuda de IA pueden ser registradas, pero sólo si se demuestra una contribución significativa de un humano. Según las directrices actuales, la mera entrada de una instrucción textual en un sistema de IA y la aceptación del resultado no cumplen con el estándar de creatividad original. Esto significa que, por ahora, el futuro del arte generado por IA parece estar ligado a la colaboración entre humanos y máquinas, donde el valor creativo sigue residiendo en el aporte del usuario humano. La decisión también recalca la importancia de la revisión constante de la legislación para mantenerse al día con las innovaciones tecnológicas, según ha explicado el Periódico.